Las vacaciones son un derecho de todo trabajador a gozar de un descanso de 15 días hábiles por cada año de trabajo, es decir, es el período de descanso continuo y remunerado que otorga anualmente el empleador a quienes trabajan.
En el caso de las personas que trabajan por días, las vacaciones serán proporcionales a los días de trabajo.
¿Qué dice el Código del Trabajo sobre las vacaciones?
"El artículo 67 del Código del Trabajo dispone que los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado anual de quince días hábiles (vacaciones), con derecho a remuneración íntegra que se otorgará de acuerdo con las formalidades que establezca el reglamento.
Como la ley establece que el feriado anual corresponde a 15 días de descanso por año, debes dividir 15 días entre 12 meses, para obtener el número de días de descanso que acumula el trabajador por cada mes de trabajo. 15 / 12 = 1.25 días de descanso por cada mes de trabajo.
Para el caclulo de dias proporcionales = 1.25 / 30 = 0.0416666
¿Según la Direccion del Trabajo, Cómo deben contabilizarse los días hábiles de feriado?
Los trabajadores con más de un año de servicio en una empresa, tienen derecho a un feriado anual (vacaciones) de quince días hábiles, con remuneración íntegra, que se otorgar según las formalidades que establece el respectivo reglamento. Para los efectos de contabilizar los quince días, estos se cuentan de Lunes a Viernes, pues el día sábado se considerará siempre inhábil.
En el caso de las regiones del extremo sur del país, dicho feriado anual para sus trabajadores es de veinte días hábiles (Duodécima Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en la Undécima Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y en la Provincia de Palena).
Si durante las vacaciones hay días festivos, las vacaciones se extienden tantos días como festivos y domingos haya en el periodo de vacaciones, en razón a que las vacaciones son días hábiles únicamente.
No se podrán acumular vacaciones por más de dos periodos consecutivos.