Seguro de Cesantia, Sueldo empresarial o Fondo Solidario

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El Seguro de Cesantía, se debe seleccionar en los casos que aplique:

 
No pagar (sueldo empresarial): Es para el caso de los Empresarios o dueños de empresas que no realizan aporte al seguro de cesantías 
 
Pagar solo fondo solidario (más de 11 años de relación laboral):
¿Qué pasa si tengo trabajadores con más de 11 años de antigüedad? En este caso, el(la) empleador(a) deberá continuar aportando un 0,8% de la renta imponible al Fondo de Cesantía Solidario durante el tiempo que se mantenga vigente el contrato de trabajo. En caso de ser indefinido el trabajador no realiza aporte, es responsabilidad del empleador.